El ciudadano peruano residente en el extranjero seleccionado como miembro titular o suplente de la mesa de sufragio, que no asista o se niegue a integrar la mesa de sufragio, es multado con la suma 64 dólares la multa también corresponde a los ciudadanos peruanos residentes en el extranjero que se niegue a desempeñar el cargo de miembro de mesa, por inasistencia de los miembros titulares o suplentes. La multa será cobrada coactivamente por el JNE.
IMPORTANTE: Si el elector designado como miembro de mesa no desempeña el cargo y además no vota, tendrá dos multas; por ser omiso al cargo de miembros de mesa y por no sufragar.
¿Cuando un elector en fila reemplaza a un miembro de mesa? Si un miembro titular de la mesa de sufragio no acude o no cumple su función el día de las elecciones, el coordinador electoral del local dispone que lo reemplace el suplente, y, a falta de éste, es reemplazado por un elector que hace fila.
¿Pueden votar los Miembros de mesa que tienen multas de elecciones anteriores? Sí, sí pueden votar.Este derecho no se pierde por haber dejado de votar anteriormente o tener multas por no cumplir las tareas de miembros de mesa de elecciones anteriores.
¿DONDE PAGAR LA MULTA? Las multas por no haber ejercido el cargo de miembro de mesa se cancelan, dentro del territorio nacional, en cualquier agencia del Banco de la Nación. En el extranjero el pago se realiza en el consulado peruano de cada país. No cumpli como miembro de mesa,
¿En que casos puedo solicitar una justificación? Pasado el proceso electoral puede solicitar una justificación de inasistencia a la instalación de la mesa de sufragio por casos de enfermedad, incapacidad física o mental, lactancia y otros casos de fuerza mayor, para mayor información visite: JUSTIFICACION DE INASISTENCIA INSTALACION DE MIEMBRO DE MESA
Si quiere copiar parte o toda esta información tiene la obligatoriedad de citar la fuente con un enlace a http://www.eleccionesenperu.com/informacion-electoral-multa-por-no-cumplir-cargo-miembro-mesa-34.html
